lunes, 5 de diciembre de 2011

URUGUAY COMO PLAZA FINANCIERA (1)

En la sesión de clausura del G-20, realizada en Cannes, el mandatario francés como presidente de este Cumbre, leyó la lista de “paraísos fiscales” entre los que incluyó a Uruguay, expresando que si no modificaban la legislación que ampara la protección de capitales de diversos orígenes, “serían borrados de la comunidad internacional”.

La grosera amenaza del señor Sarkozy, causó gran impacto en Uruguay, provocando una airada reacción de la oposición política que acusó al gobierno argentino de estar detrás de esta medida, y también en la esfera oficial, aunque con un tono más cauteloso que el Presidente Mujica resumió al declarar: “Rechazamos la forma pero estamos estudiando el contenido y adoptaremos la mejor solución para nuestro país y para América Latina”.

¿Qué es un “paraíso fiscal”? Es un país donde la legislación establece el secreto bancario para el capital dinero que ingresa y lo exonera de cualquier tipo de tributo. Esta legislación esta asociada a la existencia de una “Banca Offsjore” (Banca “fuera de la costa”), es decir, a instituciones bancarias que funcionan dentro del país con una jurisdicción extraterritorial, autorizadas para importar y exportar capitales, sin restricción alguna.

Una agencia de consultores especializados en el asesoramiento de este tipo de operaciones financieras, las describe en su sitio web, de la siguiente manera: “Una "sociedad offshore " es una entidad situada en el exterior, sujeta a un régimen legal diferente, "extraterritorial" en relación al país de domicilio de sus asociados. Pero la expresión es aplicada más especificamente a sociedades constituidas en los "paraísos fiscales", donde gozan de privilegios tributarios (impuestos reducidos o hasta mismo exoneración de impuestos). Y eso sólo se tornó posible cuando algunos países adoptaron la política de exoneración tributaria, para atraer inversiones y capitales extranjeros. En América Latina, Uruguay es un ejemplo típico de esa política fiscal”.

El 4 de noviembre, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), realizó a Uruguay sobre este asunto siete observaciones por incumplimiento de las reglas “estándar”:

1.Disponibilidad de información

Los países deben asegurar que los datos sobre propiedad e identidad de todas las entidades relevantes estén disponibles. Se sugirió asegurarlo para compañías extranjeras con suficientes vínculos con Uruguay.

2. Registros contables

Tener registros contables confiables para todas las entidades relevantes. Según OCDE, Uruguay debería requerir documentación por al menos 5 años a todas las firmas, sociedades y fideicomisos (incluso las que no pagan tributos en el país).

3. .Poder para obtener datos

Las autoridades tienen que poder acceder a la información de cualquier persona, sin importar obligaciones legales de mantenerla en secreto. Uruguay debe habilitar el acceso a datos sobre fiduciarios y bancarios previos a la flexibilización del secreto.

4. Derechos y garantías

La OCDE cuestiona que en el pedido judicial de levantamiento del secreto bancario se notifique a la persona que posee la cuenta previo a que el juez tome una decisión. "Uruguay debería asegurar que en el pedido de información relativo a un acuerdo" se incluyan "excepciones apropiadas a la notificación previa" al involucrado.

5. Intercambio efectivo

Cuestiona que seis acuerdos que tiene Uruguay con otros países no están vigentes aún. Además, que aspectos de "confidencialidad" en la legislación local "limitan" el acceso a datos en poder de fideicomisos.

6.Acuerdos con socios clave

"Uruguay no tiene acuerdos" "con sus principales socios comerciales" dice OCDE y sugiere que "expanda rápidamente su red de acuerdos" "en particular con Argentina y Brasil".

7. Respeto a los derechos

El organismo dice que "el alcance del secreto profesional que se aplica a los abogados no es claro".

Estas son observaciones a la fase uno del cumplimiento de las normas exigidas y que según la OCDE, Uruguay se comprometió a cumplir –para que lo sacaran de la lista “gris”- y que no ha cumplido. La norma sobre “Rapidez de entrega” (de la información), la OCDE dejó para la fase dos.

La Banca Offshore fue establecida por la dictadura uruguaya y su funcionamiento ha sido reiteradamente cuestionado por Argentina y Brasil que son los proveedores de capitales originados en la evasión impositiva, en el contrabando de metales preciosos y en el contrabando de armas, entre los principales rubros.

El 30 de diciembre de 2004,se produjo en Buenos Aires un incendio en la discoteca

“República de Cromañón” que provocó la muerte de 192 personas, muchas de ellas, niños. La investigación reveló que la Discoteca era propiedad de una Sociedad Offshore que operaba desde Uruguay.

El 13 de abril de 2005, el diario “La República” publicó una nota del periodista Roger Rodríguez, que tituló “Justicia porteña prohibió a las "off shore" uruguayas para evitar ilícitos económicos”. Agrega el periodista: “El caso de la muerte de 192 jóvenes en el incendio de la Discoteca República de Cromagnon, que figuraba como propiedad de una Sociedad Anónima Financiera de Inversión (SAFI) uruguaya se constituyó en el disparador de la medida, calificada en el diario La Nación como el "punto final" a las "off shore" (…) “Unos 16.000 inmuebles porteños son de off shore uruguayas. “La decisión promete generar un fuerte impacto en la operativa comercial y financiera que muchas de estas empresas realizan en la capital del vecino país a través de empresas uruguayas que en realidad solo son una "carpeta" en un estudio contable de Montevideo, se indicó a LA REPUBLICA”.

Por Ley Nº 18.083 –Reforma Tributaria-,publicada el 18 de enero de 2007, el Poder Legislativo uruguayo, prohibió los privilegios fiscales que tenían las Sociedades Anónimas de Inversión (SAFFs), sometiéndolas al mismo régimen de tributación de todas las Sociedades Anónimas. La finalidad fue calmar a las autoridades argentinas por el lavado de dinero argentino que realizaban estas empresas.

De inmediato, el empresariado argentino, beneficiario directo de estas operaciones, reaccionó y el Ministro de Economía y Finanzas, Danilo Astori, se trasladó a la vecina orilla, para explicar los alcances de las nuevas normas. La reunión fue convocada por el embajador uruguayo en Argentina, Francisco Bustillo quien dijo a la prensa: “El propósito de la embajada, fue el de promover al Uruguay como lugar seguro y tranquilo para las inversiones” y de transmitir “certezas y seguridades en tanto y cuanto ha sido la gran apuesta del Uruguay, no solo promover los productos sino captar la inversión extranjera”.

La ley mencionada dio , a las SAFIs un plazo hasta el 31 de diciembre de 2010, para acogerse al nuevo régimen tributario, pero la desconfianza persiste entre los vecinos porque Uruguay no ha celebrado aun los tratados con Argentina y Brasil, como lo vienen reclamando, insistentemente, estos dos países que son los proveedores de “dinero negro”.